Micelio
Auto13 de mayo de 2025

A- de 2025

Ponente Vladimir Fernández Andrade

Demandante Maria·Demandado Sanidad Militar Batallon De Artilleria N8 San Mateo De Pereira

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Aparente
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Cartago y el Juzgado 4 Civil del Circuito de Pereira.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Ambos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.

La Corte, en aplicación del principio a prevención, dio prevalencia a la elección de la accionante y determinó que el Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Cartago es el llamado a resolver la acción de tutela.

En consecuencia, se remitió el expediente a dicha autoridad para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 01 de abril de 2025, proferido por el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Cartago, dentro del trámite de la acción de tutela promovida por la señora María en contra de Sanidad Militar - Batallón de Artillería No. 8 San Mateo de Pereira.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4979 al Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Cartago para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
  3. TERCERO. Por la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión a la parte demandante y a los Juzgados 004 Administrativo del Circuito de Cartago y 004 Civil del Circuito de Pereira.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.